Luego de varios meses de trabajo, la AASEP logra una nueva actualización en los valores de las servidumbres
La Asociación Argentina de Propietarios y Superficiarios Afectados por la Actividad Hidrocarburífera, Minera y Eléctrica (AASEP) solicitó, el pasado 2 de Julio de 2018, la actualización de los valores indemnizatorios de servidumbres mineras, daños y perjuicios, y gastos de control y vigilancia, respecto de los inmuebles afectados por las actividades hidrocarburíferas que se desarrollan en las cuencas Cuyana, Neuquina, Golfo San Jorge y Austral.
Luego de varios meses de gestiones de parte de la Comisión Directiva de la AASEP, encabezada por su presidente el contador Anibal Parolín, se ha logrado el día Lunes 22 de Abril la firma de las Resoluciones conjuntas (RESFC-2019-1-APN-SRNRYMC#MHA y RESFC-2019-2-APN-SRNRYMC#MHA) que actualizan los valores indemnizatorios de servidumbres. Los mismos se calcularán de forma retroactiva desde el 31 de agosto de 2018.
Los incrementos
Para la cuenca del Golfo San Jorge y Austral (provincias del Chubut, Santa Cruz y Tierra del Fuego, Antártida e Islas del Atlántico Sur).
- En concepto de servidumbres y daños y perjuicios inherentes a las actividades hidrocarburíferas, en los siguientes porcentajes: 146,02% para la zona "A" y 125,10% para las zonas "B" y "C".
- En concepto de gastos de control y vigilancia inherentes a las actividades hidrocarburíferas, en los siguientes porcentajes: 67,50% para la zona "A", 66,70% para la zona "B" y 65,20% para la zona "C".
Para la cuenca del Cuyana y Neuquina (provincias del Neuquén, Mendoza, Río Negro, La Pampa, San Juan, San Luis y zonas limítrofes).
- En concepto de servidumbres y daños y perjuicios inherentes a las actividades hidrocarburíferas en TIERRAS DE SECANO, en los siguientes porcentajes: 146,02% para la zona "A"; 125,10% para la zona "B"; 43,08% para la zona "C"; y 43,31% para la zona "D".
- En concepto de gastos de control y vigilancia inherentes a las actividades hidrocarburíferas para las Tierras de Secano, 60,70% para la zona "A"; 56,50% para la zona "B"; 54,80% para la Zona "C"; y 56,40% para la zona "D" y para las Tierras Bajo Riego 60,70%.